El presidente Donald Trump emitió este martes 19 de mayo una orden ejecutiva que podría alterar significativamente el acceso de millones de inmigrantes al sistema financiero estadounidense.
El decreto, titulado “Restaurando la Integridad del Sistema Financiero de América”, instruye a los bancos y a los reguladores federales a incorporar el estatus migratorio como un elemento de evaluación de riesgos al momento de abrir cuentas, otorgar préstamos y detectar actividad financiera sospechosa.
La orden no es una ley ni modifica directamente ningún estatuto. Lo que hace es ordenar a las agencias reguladoras del sistema financiero —entre ellas el Departamento del Tesoro, la Oficina de Protección Financiera del Consumidor (CFPB) y los principales supervisores bancarios federales— que desarrollen nuevas guías, avisos y propuestas de reglas en plazos de entre 60 y 180 días.
El impacto real dependerá de cómo esas agencias traduzcan los mandatos presidenciales en regulaciones concretas.
La justificación del gobierno Trump
La orden se enmarca dentro de la política migratoria más amplia de la segunda administración Trump, que ha buscado extender sus medidas de control más allá de la frontera y las agencias de inmigración, hacia instituciones como los bancos, los empleadores y los sistemas de beneficios públicos. En este caso, el objetivo declarado es usar el sistema financiero como una herramienta adicional de presión contra la inmigración irregular.
El texto de la orden señala que transferencias de fondos transfronterizas de bajo monto han sido utilizadas para financiar terrorismo, tráfico de narcóticos y tráfico humano, y cita un análisis de redes de lavado de dinero donde titulares de pasaportes extranjeros usaron cuentas en Estados Unidos para facilitar el lavado de más de $312 mil millones de dólares para organizaciones criminales, con tráfico humano señalado entre las actividades asociadas.
También menciona análisis de tendencias financieras que habrían detectado centros de actividad relacionados con el fentanilo en Estados Unidos, vinculados a cárteles con base en México.
“Señales de alerta” que deberán vigilar los bancos
El corazón de la orden consiste en una lista de comportamientos financieros que el Tesoro deberá comunicar formalmente a los bancos como indicadores de posible actividad ilícita. Algunos de estos patrones ya existían en las regulaciones de la Ley de Secreto Bancario, pero la orden los reencuadra explícitamente en el contexto migratorio.
Entre los patrones señalados están: la evasión de impuestos de nómina por parte de empleadores o intermediarios laborales, incluida la omisión sistemática de retenciones fiscales para trabajadores sin autorización de trabajo; el uso de documentos de identidad extranjeros, cuentas nominales, empresas fantasma o estructuras financieras complejas para ocultar la identidad real de los titulares de cuentas o la naturaleza de los pagos de nómina.
También se señala el uso estratégico de negocios de servicios monetarios no registrados, procesadores de pagos de terceros o plataformas de persona a persona para facilitar pagos salariales “fuera de los libros”, diseñados para evadir los umbrales de reporte de la Ley de Secreto Bancario o las obligaciones fiscales.
Otro patrón descrito son los retiros o depósitos en efectivo repetitivos, por debajo de los umbrales de reporte, que coincidan con ciclos de nómina realizados fuera de sistemas regulados de procesamiento de nómina —práctica conocida como “estructuración”— así como actividad financiera indicativa de tráfico laboral o trabajo forzado, donde los ingresos se mezclan con ingresos legítimos de negocios o se transfieren a jurisdicciones extranjeras.
El ITIN como señal de riesgo
De toda la orden, el elemento que genera mayor controversia es la inclusión del ITIN como posible señal de alerta bancaria.
El ITIN —Individual Taxpayer Identification Number, o Número de Identificación del Contribuyente Individual— es un número fiscal que el Servicio de Rentas Internas (IRS) asigna a cualquier persona que deba declarar impuestos en Estados Unidos, independientemente de su estatus migratorio. Fue creado precisamente para que las personas sin número de Seguro Social pudieran cumplir con sus obligaciones tributarias.
Millones de inmigrantes lo usan para pagar impuestos, abrir cuentas bancarias básicas y acceder a servicios financieros.
La orden señala que el uso del ITIN en lugar de un número de Seguro Social para obtener productos de crédito o abrir cuentas de depósito, cuando el solicitante carece de estatus migratorio legal verificado, puede ser identificado como un factor de riesgo que requiere una diligencia debida reforzada, para asegurar que la cuenta no esté siendo utilizada para facilitar el empleo ilegal de extranjeros no autorizados.
En otras palabras: tener un ITIN y usarlo para abrir una cuenta bancaria —algo perfectamente legal y que el propio gobierno federal fomenta para recaudar impuestos— podría convertirse en motivo de escrutinio adicional o, en el peor de los casos, en la denegación de servicios.
¿Cómo se aplicaría en la práctica?
La orden no detalla mecanismos específicos de implementación; eso queda a cargo de las agencias reguladoras. Tampoco ordena a los bancos que cierren las cuentas de los usuarios con ITIN ni que dejen de abrirlas.Lo que sí hace es establecer “señales de alerta” o banderas rojas que deben ser tomadas en cuenta por las instituciones bancarias y establece estos plazos:
| Plazo | Acción |
|---|---|
| 60 días | Aviso del Tesoro a bancos con señales de alerta migratorias |
| 60 días | CFPB considera regla sobre deportación como factor de crédito |
| 60 días | Reguladores emiten guías sobre riesgo crediticio de inmigrantes |
| 90 días | Propuestas de cambio a la Ley de Secreto Bancario |
| 180 días | Consideración de restricciones a identificaciones consulares extranjeras |
Lo que no dice la orden: no especifica si los bancos estarán obligados a denegar servicios ni cómo verificarán exactamente el estatus migratorio. Esas decisiones quedan en manos de los reguladores en los próximos meses.
Hipotecas y crédito
La orden también apunta directamente al mercado crediticio. El texto instruye a la CFPB a considerar si la posible deportación y la consecuente pérdida de ingresos deben ser consideradas factores que pueden afectar negativamente la capacidad de pago de un prestatario sin autorización de trabajo, bajo los estándares de “capacidad de pago” de la regulación federal, y que los prestamistas puedan considerar dichos factores como parte de una determinación de crédito razonable y de buena fe.
La Casa Blanca argumenta que los bancos que otorgan hipotecas, tarjetas de crédito y préstamos a inmigrantes indocumentados generan riesgos que, según ellos, terminan asumiendo los consumidores estadounidenses en forma de comisiones e intereses más altos.
Sin embargo, este argumento enfrenta serias objeciones. Los economistas generalmente atribuyen el nivel de las tasas de interés a las decisiones de política monetaria de la Reserva Federal —que fija tasas de referencia para controlar la inflación y el empleo—, a los costos de fondeo de los propios bancos y al perfil crediticio individual de cada prestatario. La composición migratoria de una cartera de préstamos no figura entre los factores que los economistas identifican como determinantes de las tasas de interés al consumidor.
Además, los datos disponibles ponen en perspectiva la magnitud real del fenómeno que la orden busca atacar.
Según un estudio del Urban Institute, apenas entre 5,000 y 6,000 hipotecas anuales se otorgaron a clientes con ITIN, una fracción muy pequeña dentro de un mercado hipotecario que procesa millones de préstamos al año. Y según reportes de la Associated Press, los bancos ya eran generalmente reacios a prestar a clientes con ITIN, mientras que las entidades gubernamentales Fannie Mae y Freddie Mac —que aseguran la gran mayoría de las hipotecas en el país— por lo general no respaldaban hipotecas para prestatarios sin número de Seguro Social.
También para los empleadores
La orden no se limita a los trabajadores inmigrantes. También pone en el radar a sus empleadores.
El texto señala que los empleadores que violen la ley migratoria pueden subdeclarar salarios, usar números de Seguro Social o números de identificación fiscal inválidos o inconsistentes, o dejar de retener o remitir impuestos de nómina correctamente, creando vulnerabilidades dentro del sistema financiero al obscurecer fuentes de ingresos, distorsionar el análisis crediticio y facilitar la actividad económica informal.
Esto significa que una empresa que pague en efectivo a trabajadores indocumentados podría aparecer marcada ante su banco como un cliente de alto riesgo bajo los nuevos criterios, independientemente del sector o del tamaño del negocio.



