La Junta Estatal de Elecciones de Carolina del Norte es clara: en ninguna circunstancia se debe negar el derecho al voto a una persona elegible y registrada para votar.
Por eso conviene saber cuáles son los derechos del votante y qué hacer si alguien intenta negarle ese derecho en la mesa.
Lo primero que hay que conocer es que una duda sobre la elegibilidad de alguien no lo inhabilita para votar. Ya que ninguna persona puede ser rechazada sin que se le ofrezca una boleta provisional. Esa boleta le permitirá emitir el voto, justamente, de manera “provisional”, es decir que luego será revisado.
En la práctica funciona así: la persona vota igual, y la junta electoral de su condado resuelve después si la boleta se cuenta como válida o no.
Lo primero: exigir la boleta provisional
“No debería existir una situación en la que a un votante se le diga que no tiene la opción de votar”, dijo Tyler Day, gerente de programas de Common Cause North Carolina, a Enlace Latino NC. “Todo el mundo tiene la posibilidad de emitir una boleta provisional por cualquier razón”.
Si un trabajador electoral dice lo contrario, la respuesta es pedirla de todos modos. “En cualquier situación en la que usted considere que es elegible para votar y le digan que no puede, tiene que volver y exigir una boleta provisional”, dijo Day.
“Legalmente están obligados a ofrecérsela”, afirmó.
A quién pedirle ayuda en el sitio de votación
La ley ordena designar un juez principal en cada precinto el día de la elección y en los sitios de votación temprana, para cada día del período. Es el trabajador electoral de mayor rango y la persona indicada para resolver un desacuerdo en la mesa. Pedir hablar con él es el primer paso.
“Es quien tiene que poder desescalar la situación o decirle al trabajador electoral: sí, esta persona puede votar, tiene la información o la identificación correcta”, dijo Joselle Torres, gerente de comunicaciones de Democracy North Carolina, a Enlace Latino NC.
La boleta provisional, paso a paso
Quien no pueda emitir una boleta regular es enviado a la estación de asistencia del sitio, conocida en inglés como Help Station. Ahí recibe un formulario de referencia con el motivo por el que lo derivaron, por escrito.
Un funcionario electoral lo ayuda a llenar una solicitud de voto provisional y le entrega la boleta y un sobre. La persona marca la boleta en privado, la sella en el sobre y la devuelve en la misma estación de asistencia. Antes de que se vaya, el funcionario debe advertirle si falta algún paso para que el voto cuente.
Después la junta electoral del condado investiga el caso y decide. Si la persona resulta elegible, la boleta se cuenta; si lo es para algunas contiendas y no para otras, se cuentan solo esas. Todo eso ocurre durante los 10 días de escrutinio posteriores a la elección.
Si olvidó su identificación con foto
No llevar una identificación con foto aceptable es una de las razones por las que un votante puede necesitar emitir una boleta provisional. El trámite cambia según cuál sea su caso: si tiene identificación pero no la llevó, o si no tiene ninguna.
Quien la dejó en su casa puede ir a buscarla y volver al mismo sitio ese día. Contar con la identificación con foto permite emitir una boleta regular y el voto es ejercido sin problema.
Pero en los casos, por ejemplo, en que no alcanza el tiempo para regresar por la identificación, todavía queda otra opción: emitir el voto en una boleta provisional. Sin embargo, eso no basta.
La persona debe presentar la identificación en la oficina de la junta electoral de su condado, que es un lugar distinto del sitio donde votó. El plazo vence al mediodía del quinto día hábil posterior a la elección, que para el 3 de noviembre cae el martes 10.
Ese trámite depende enteramente del votante. “Tiene que volver, o su voto no va a contar”, dijo Day.
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Si no cuenta con identificación con foto
Quien no tiene ninguna identificación aceptable vota una boleta provisional y llena ahí mismo un formulario de excepción, donde marca el motivo por el cual no cuenta con ella.
Ese formulario reemplaza a la identificación. Un votante elegible y registrado que lo completa con veracidad cumple el requisito, su boleta se cuenta, y no tiene que volver después con ningún documento.
La junta electoral del condado puede rechazarla solo si concluye que la información del formulario es falsa.
En el formulario, el votante marca la razón por la que no puede presentar el documento. Por ejemplo, por una enfermedad o una discapacidad, por no tener el acta de nacimiento u otros papeles necesarios. También puede marcar que el documento se perdió, se lo robaron o está traspapelado, o que lo solicitó y todavía no lo recibió.
Las otras dos casillas son la objeción religiosa a ser fotografiado y haber sido víctima de un desastre natural en los 100 días previos a la elección, con declaración del presidente o del gobernador.
Llenar el formulario con información falsa es un delito grave y puede invalidar la boleta.
De unanimidad a mayoría simple
Desde el 1 de septiembre alcanza con una mayoría de la junta electoral del condado para rechazar un formulario de excepción. Antes hacía falta que sus cinco miembros coincidieran en que la declaración era falsa.
“Nuestras juntas de condado están integradas por tres republicanos y dos demócratas”, dijo Day. “Una de mis preocupaciones es que esto lleve a decisiones que se tomen por líneas partidarias”.
La regla exige que esa mayoría identifique una razón específica, basada únicamente en hechos y no en especulación, para concluir que la declaración es falsa.
VERIFICAR ANTES DE PUBLICAR. La Rules Review Commission debe aprobar la modificación, que regiría a partir del 1 de septiembre.
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A quién llamar si el problema sigue
Cuando el reclamo no se resuelve en el sitio, existe una línea de ayuda al votante atendida por abogados y especialistas en derechos electorales durante todo el período de votación. El número es el 888-687-8683.
La atención en español está a cargo de la línea Ve y Vota, en el 888-839-8682.
La junta electoral del condado también recibe reportes y consultas. Sus datos de contacto están en el buscador de juntas de la Junta Estatal.
Verificación del voto provisional
Alrededor de 10 días después de la elección, quien votó de manera provisional puede consultar si su boleta fue contada. La herramienta de la Junta Estatal se llama Provisional Search.
También se puede averiguar por teléfono, llamando al (919) 814-0700 o al (866) 522-4723, que es gratuito.
>>> Recursos oficiales NCSBE Votación Provisional

