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Quienes lleguen a las urnas sin una identificación con fotografía todavía pueden emitir una papeleta provisional y, si corresponde, completar un formulario de excepción. / Walter Gómez, ELNC

Los votantes de Carolina del Norte elegirán el martes 3 de noviembre de 2026 representantes para cargos federales, estatales y locales. En la boleta habrá una contienda para el Senado de los Estados Unidos, 14 para la Cámara de Representantes federal, cargos judiciales y legislativos, y los gobiernos locales, además de algunos referéndums estatales.

Más allá de las candidaturas, es importante que cada votante conozca sus derechos antes de acudir a las urnas. La ley protege el derecho a emitir el voto sin intimidación, pedir asistencia, utilizar instalaciones accesibles y recibir una papeleta provisional cuando exista alguna duda sobre la elegibilidad.

Estas son las principales protecciones que debe conocer para las elecciones generales de 2026, según la Junta Estatal de Elecciones de Carolina del Norte. 

¿Quién puede registrarse y votar en Carolina del Norte?

Para registrarse para votar debe cumplir con los siguientes requisitos:

  • Ser ciudadano de Estados Unidos.
  • Tener al menos 18 años el día de las elecciones generales.
  • Haber vivido en el condado donde se registra durante al menos los 30 días anteriores al día de las elecciones.
  • No estar cumpliendo una sentencia por un delito grave, incluyendo prisión, libertad condicional, supervisión posterior a la liberación o libertad bajo palabra.

La Junta Estatal de Elecciones aclara que no es necesario presentar documentos de ciudadanía para registrarse. Sin embargo, la persona debe declarar, bajo pena de perjurio, que es ciudadana estadounidense y que cumple con los demás requisitos. 

Usted tiene derecho a revisar su registro antes de votar

Los votantes pueden utilizar gratuitamente la herramienta oficial Voter Search para confirmar que están registrados, revisar su dirección, encontrar su centro de votación y consultar su papeleta de muestra cuando esté disponible.

Si su registro figura como “inactivo”, aún está registrado y puede votar. Al presentarse en el centro electoral, deberá confirmar o actualizar su dirección, pero no necesita un documento especial únicamente por tener esa clasificación.

Si se mudó, incluso dentro del mismo condado, es recomendable actualizar su dirección antes de las elecciones. El centro que le corresponde y las contiendas que figuran en su papeleta dependen del domicilio en el que reside.

Si no se registró antes del 9 de octubre, todavía puede hacerlo durante la votación anticipada

Las personas elegibles que no se registraron antes del plazo regular pueden registrarse el mismo día durante el período de votación anticipada, del 15 al 31 de octubre.

Este trámite permite registrarse y votar inmediatamente en cualquier centro de votación anticipada del condado.

Para completar el registro el mismo día, deberá presentar un comprobante con su nombre y su dirección actual. Puede ser, entre otros documentos:

  • Una licencia de conducir de Carolina del Norte.
  • Otra identificación emitida por el gobierno que incluya el nombre y la dirección.
  • Una factura reciente de servicios públicos.
  • Un estado de cuenta bancario.
  • Un cheque del gobierno o comprobante de pago.
  • Otro documento gubernamental con el nombre y la dirección.
  • Determinados documentos emitidos por una universidad para estudiantes.

El registro el mismo día está disponible durante la votación anticipada, pero no para la mayoría de los votantes el 3 de noviembre. Por eso, si necesita registrarse o actualizar su información, conviene hacerlo antes de que finalice la votación anticipada.

Usted tiene derecho a elegir cómo votar

Los votantes registrados pueden emitir su voto de tres maneras:

Votación anticipada

Del 15 al 31 de octubre puede votar en cualquier centro de votación anticipada dentro del condado donde está registrado. No tiene que acudir a un lugar específico, aunque los días y horarios pueden variar según el centro.

Votación el día de las elecciones

El 3 de noviembre debe votar en el centro electoral asignado según su domicilio. Las urnas estarán abiertas de 6:30 a.m. a 7:30 p.m.

Si está en la fila de su centro asignado a las 7:30 p.m., tiene derecho a permanecer allí y votar. No se retire de la fila aunque las urnas ya hayan cerrado.

Voto por correo

Cualquier votante registrado de Carolina del Norte puede solicitar una papeleta de voto por correo. No es necesario presentar una excusa o justificar la solicitud.

El plazo para pedirla vence el 20 de octubre a las 5:00 p.m. La papeleta completada debe ser recibida por la junta electoral correspondiente antes de las 7:30 p.m. del 3 de noviembre.

Usted tiene derecho a votar aunque no lleve una identificación con fotografía

En Carolina del Norte se pedirá a los votantes que muestren una identificación con fotografía. Entre las identificaciones aceptadas se encuentran:

  • Licencia de conducir de Carolina del Norte.
  • Tarjeta de identificación para no conductores emitida por el NCDMV.
  • Pasaporte o tarjeta de pasaporte de Estados Unidos.
  • Identificación gratuita para votantes emitida por una junta electoral del condado.
  • Determinadas identificaciones estudiantiles o de empleados públicos aprobadas para las elecciones de 2025 y 2026.
  • Identificaciones militares, de veteranos o tribales que cumplan con los requisitos.

En general, la identificación debe estar vigente o haber vencido hace un año o menos. Los votantes de 65 años o más pueden utilizar una identificación aceptable vencida si estaba vigente cuando cumplieron 65 años.

La dirección que figura en la identificación no tiene que coincidir con la del registro electoral. Los funcionarios verifican principalmente que la fotografía se parezca razonablemente al votante y que el nombre coincida con el que figura en el registro.

¿Qué sucede si olvidó la identificación?

Si tiene una identificación aceptable, pero no la llevó, puede:

  • Buscarla y regresar al centro para emitir una papeleta regular.
  • Emitir una papeleta provisional y presentar la identificación en la junta electoral de su condado antes del mediodía del quinto día hábil posterior a las elecciones.

¿Qué sucede si no puede presentar una identificación?

Puede emitir una papeleta provisional y completar un Formulario de Excepción de Identificación.

Una papeleta provisional acompañada por un formulario de excepción completado de manera veraz debe ser considerada por la junta electoral del condado. Ningún votante debe abandonar el centro electoral únicamente porque no tiene una identificación con fotografía.

Las juntas electorales de los condados también ofrecen identificaciones gratuitas para votantes registrados.

Usted tiene derecho a solicitar una papeleta provisional

Si los trabajadores electorales no encuentran su nombre en el registro, existe una duda sobre su dirección o surge otro problema con su elegibilidad, tienen derecho a solicitar una papeleta provisional.

La Junta Estatal de Elecciones establece que ninguna persona debe ser rechazada sin que se le ofrezca la posibilidad de votar provisionalmente.

Después de las elecciones, la junta electoral del condado investigará el caso y determinará si la papeleta puede contarse en su totalidad o parcialmente. La persona recibirá un número de identificación provisional que podrá utilizar, junto con su fecha de nacimiento, para consultar el resultado de esa revisión.

Si un trabajador electoral le dice que no puede votar, pida hablar con el juez principal del centro y solicite una papeleta provisional antes de retirarse.

Usted tiene derecho a pedir ayuda para votar

Un votante puede recibir ayuda de un familiar cercano. Además, una persona que no puede leer ni escribir, o que necesita asistencia por una discapacidad, puede pedir ayuda a quien elija.

Esa persona no puede ser el empleador del votante, un representante del empleador ni un funcionario o representante de su sindicato.

Esto significa que un votante que necesita ayuda para comprender o marcar la papeleta puede solicitar asistencia. La persona que ayuda debe seguir las instrucciones del votante; no puede intentar convencerlo de apoyar a un candidato ni revelar cómo votó.

Los funcionarios electorales no deben exigir que una persona revele detalles privados sobre su discapacidad. El votante también puede pedir ayuda a un trabajador electoral.

Si necesita asistencia en español, puede acudir con una persona que reúna los requisitos o llamar a la línea bilingüe de protección electoral al 888-VE-Y-VOTA (888-839-8682).

Los centros de votación deben ser accesibles

Las leyes estatales y federales exigen que los centros de votación anticipada y los lugares abiertos el día de las elecciones sean accesibles para las personas con discapacidad.

Todos los centros deben contar con equipos de votación accesibles. Las personas ciegas o con discapacidad visual también pueden solicitar una papeleta de voto ausente accesible, compatible con lectores de pantalla.

Además, todos los centros electorales ofrecen la votación desde el vehículo para las personas que, debido a su edad o a una discapacidad física, no pueden ingresar al lugar sin ayuda.

Para utilizar esta opción, el votante debe firmar una declaración confirmando que cumple con ese requisito.

Todo sobre las elecciones 2026

Encuentre en Enlace Latino NC información sobre candidatos, propuestas, fechas y lo que está en juego en las elecciones de Carolina del Norte para conocer y entender mejor el proceso electoral.

Consulte la Guía Electoral 2026 →

Usted tiene derecho a votar sin intimidación ni hostigamiento

Intimidar, amenazar o intentar coaccionar a una persona para interferir en su voto es ilegal. Tampoco se puede bloquear el acceso al centro electoral ni fotografiar ni grabar a los votantes con el propósito de intimidarlos.

Los observadores electorales pueden presenciar el proceso y tomar notas, pero no pueden hablar con los votantes, interferir con ellos ni obstaculizar el trabajo de los funcionarios.

Si alguien lo amenaza, lo sigue, intenta impedirle el paso, lo interroga de manera intimidante o difunde información falsa para evitar que vote:

  1. No abandone la fila.
  2. Informe inmediatamente al juez principal o encargado del centro.
  3. Anote el lugar, la hora y una descripción de lo ocurrido.
  4. Si es seguro hacerlo, conserve cualquier mensaje, fotografía u otra evidencia.
  5. Llame a una línea de protección electoral.

La línea de Carolina del Norte 888-OUR-VOTE (888-687-8683) atiende consultas y reportes durante todo el año. Para recibir asistencia bilingüe en español e inglés durante la votación anticipada y el día de las elecciones, llame al 888-VE-Y-VOTA (888-839-8682).

También puede comunicarse con la Junta Estatal de Elecciones al 866-522-4723 o al 919-814-0700.

Recursos oficiales para ejercer su derecho al voto:

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