Manifestantes asistieron a la Asamblea General de Carolina del Norte en contra de los proyectos de ley SB 153 y HB 318 considerados antiinmigrantes el 10 de junio de 2025. Luego, caminaron hasta la mansión del gobernador Josh Stein pidiendo que vete la medida.
Manifestantes asistieron a la Asamblea General de Carolina del Norte en contra de los proyectos de ley SB 153 y HB 318 considerados antiinmigrantes el 10 de junio de 2025. Luego, caminaron hasta la mansión del gobernador Josh Stein pidiendo que vete la medida. / Claudia Rivera Cotto, Enlace Latino NC

La Asamblea General de Carolina del Norte anuló hoy martes 29 de julio, el veto del gobernador Josh Stein a la HB 318, una ley que que refuerza la colaboración de las autoridades con el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE).

La ley fue finalmente aprobada con votos 72–48 en la Cámara de Representantes y 30–19 en el Senado, alcanzando la supermayoría requerida para anual el veto.

¿Qué es la ley HB 318?

La HB 318 es una ley aprobada en Carolina del Norte que obliga a todos los alguaciles locales a cooperar más estrechamente el ICE.

¿Qué cambia con la nueva ley HB 318 en Carolina del Norte?

La ley solo será aplicada tras el arresto del inmigrante, y establece:

1. Colaboración obligatoria con el ICE: A partir del 1 de octubre de 2025, los alguaciles en Carolina del Norte estarán obligados a notificar a ICE (Inmigración y Control de Aduanas) antes de liberar a una persona detenida si esta se encuentra sujeta a una orden de detención migratoria y ha sido arrestada por determinados delitos.

Este cambio representa una ampliación significativa respecto a la ley anterior (HB 10), que solo requería esta notificación para ciertos delitos graves. Ahora, con la HB 318, la lista de delitos incluye:

  • Todos los delitos graves (felonies)
    Esto abarca una amplia gama de crímenes serios como:
    Homicidio
    Robo con violencia
    Agresión con arma
    Incendio provocado (arson)
    Fraude y lavado de dinero
    Violación y explotación sexual infantil
    (En Carolina del Norte, los delitos graves se clasifican desde Clase A —la más grave— hasta Clase I —la menos grave—)
  • Ciertos delitos sexuales
    En particular, los definidos bajo: Agresión sexual, contacto sexual no consentido, entre otros.
    Abuso y explotación sexual de menores.
  • Conducir bajo la influencia (DWI): Toda detención relacionada con manejar bajo el efecto del alcohol o drogas.
  • Violaciones de órdenes de protección por violencia doméstica

2. Retención obligatoria de hasta 48 horas desde el momento en que la persona sería elegible para ser liberada. Esto representa una ampliación respecto a la norma anterior, que iniciaba el conteo desde la orden administrativa de ICE.

Si existe una orden de detención administrativa, la persona deberá ser llevada ante un juez estatal. Si el juez confirma que se trata de la misma persona, podrá ordenar su retención por hasta 48 horas adicionales mientras ICE decide si la transfiere a su custodia. Si ICE no actúa en ese tiempo, la persona deberá ser liberada (a menos que haya otra razón legal para mantenerla detenida).

pizarra de votación ley HB 318 en Carolina del Norte
La ley fue aprobada con votos 72–48 en la Cámara de Representantes y 30–19 en el Senado/Walter Gómez, ELNC

¿Cuándo entra en vigor?

La ley entrará en vigor el 1 de octubre de 2025.

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Pasos que debe seguir un alguacil bajo HB 318

  1. Verificar estatus migratorio: Si la persona fue arrestada por alguno de los delitos antes mencionados, el alguacil debe intentar confirmar si es residente legal o ciudadano:
    • Por entrevista directa
    • Revisando documentos
    • O ambos
  2. Consultar con ICE si no se confirma estatus: Si el estatus no queda claro, debe enviar una consulta a ICE.
  3. Notificación de detención migratoria: Si ICE emite un detainer y orden administrativa, el alguacil debe presentar al detenido ante un juez antes de liberarlo. El juez revisará la orden y, si confirma que es la persona indicada, ordenará su retención y transferencia a ICE cuando un oficial solicite la custodia.
  4. Retención obligatoria (hasta 48 horas): Si el juez ordena la retención, el alguacil debe:
    • Mantener al detenido por hasta 48 horas desde el momento en que estaría libre
    • Notificar a ICE dos horas antes de liberar a la persona
  5. Liberar si ICE no responde: Si ICE no aparece durante el tiempo establecido o no emite orden en ese tiempo, el alguacil debe liberar al detenido conforme a la orden judicial.

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La ley protege a los agentes y agencias de seguridad estatales y locales para que no puedan ser demandados ni enfrentar cargos penales por cumplir con las órdenes relacionadas con detenciones migratorias establecidas en esta ley.

Esto significa que, mientras actúen siguiendo estas instrucciones, están exentos de responsabilidad legal por esas acciones.

Después de la tormenta

Hace un año, el huracán Helene golpeó al oeste de Carolina del Norte. La comunidad latina respondió con algo más fuerte que la tormenta: solidaridad.

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Claudia M. Rivera Cotto es una periodista bilingüe que cubre temas políticos, gubernamentales e inmigratorios en Carolina del Norte para Enlace Latino NC. Claudia forma parte de Report for America. Anteriormente,...

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