Dos proyectos de ley que modifican de forma significativa el proceso electoral en Carolina del Norte están en manos del gobernador Josh Stein, luego de que la Asamblea General completara su aprobación en ambas cámaras.
El liderazgo republicano de la Cámara de Representantes aprobó un solo paquete de cambios electorales. Fue el Senado el que decidió dividir esos cambios en dos medidas separadas: el HB 958 y el HB 834.

Esa división terminó marcando el destino político de cada uno: el HB 834 logró un respaldo bipartidista amplio, mientras que el HB 958 fue aprobado estrictamente por líneas partidistas.
Según sus patrocinadores, ambos proyectos buscan fortalecer la seguridad electoral y aumentar la confianza de los votantes en el sistema. Sus opositores, en cambio, advierten que el HB 958, podrían complicar el acceso al voto y trasladar autoridad sobre las elecciones lejos de los funcionarios electos por el electorado.
HB 958: el proyecto más amplio
El HB 958, conocido como Election Law Changes, es la medida más extensa y la más disputada de las dos.
Entre sus disposiciones principales se encuentran:
- Reducción del voto adelantado: el período de votación anticipada para las elecciones primarias, segundas primarias y de desempate pasaría de 17 a 10 días.
- Auditorías estatales: el auditor estatal tendría que realizar auditorías de desempeño después de cada elección general en condados seleccionados al azar. Le da autoridad para revisar cada junta electoral condal al menos una vez cada seis años.
- Intercambio de datos: se ampliaría el intercambio de información con agencias federales para ayudar a mantener actualizados los padrones electorales. El fin es remover a votantes fallecidos o inelegibles.
- Impugnación de boletas: se modificaría el proceso mediante el cual los ciudadanos pueden impugnar boletas después de una elección, con un plazo de hasta tres días tras los comicios.
- Afiliación partidista: los candidatos que busquen la nominación de un partido tendrían que haber estado afiliados a ese partido por al menos 365 días. El partido puede conceder una dispensa.
El proyecto fue aprobado en el Senado por 28 votos a favor y 13 en contra. En la Cámara de Representantes fue 62 a 47. Ambos votos divididos por lineas partidistas.
Antes de la votación en la Cámara de Representantes, varios asistentes que se encontraban en la galería expresaron su descontento con la medida.
Tras interrumpir la sesión con gritos y consignas, fueron retirados del recinto por personal de seguridad.

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HB 834: cambios administrativos
El segundo proyecto, HB 834, titulado State Board of Elections Administrative Changes, tuvo un respaldo bipartidista más amplio. Obtuvo una votación de 74 a 35 en la Cámara de Representantes y unánime en el Senado.
Entre sus cambios más relevantes están:
- Extender de tres a cinco días hábiles el plazo para que los votantes corrijan problemas de registro o de identificación en sus boletas de voto ausente o provisional.
- Permitir que la revisión judicial de las decisiones de la Junta Estatal de Elecciones se realice tanto en el condado de Wake como en el condado de residencia del demandante.
- Ajustar procedimientos relacionados con la entrega de boletas por voto ausente.

¿Qué sigue?
El gobernador tiene 10 días para decidir si firma los proyectos, los veta o permite que se conviertan en ley sin su firma.
En caso de un veto, el presidente de la Cámara de Representantes, Destin Hall, no anticipa que la Asamblea General regrese para una anulación antes de las elecciones de noviembre.
“Lo dudo”, dijo Hall a Enlace Latino NC. “No creo que volvamos a sesionar tanto en la Cámara de Representantes como en el Senado hasta después de las elecciones”.
Por otra parte, si el gobernador firma las medidas o permite que entren en vigor sin su firma, cada una tendría un calendario de implementación distinto.
El HB 834 entraría en vigor de inmediato al ser firmado por el gobernador y podría regir para las elecciones de noviembre.
El HB 958, en cambio, no aplicaría a esos comicios. La mayoría de sus disposiciones, entre ellas el recorte al voto adelantado y la nueva ventana para impugnar boletas, no tomarían efecto hasta el 1 de enero de 2027. Solo algunas partes puntuales, relacionadas con el manejo de datos de los padrones electorales, entrarían en vigor antes.

