Nuevo plazo para recibir crédito de $335


Carolina del Norte, Raleigh-
Con el fin de ayudar a las familias con los costos de la educación virtual y el cuidado infantil durante la pandemia, el estado otorgó un nuevo plazo para aplicar y recibir la subvención de crédito adicional de $335.

El Programa de Subvención de Crédito Tributario Extraordinario contiene fondos que fueron establecidos por la ley estatal HB 1105.

Esta propuesta, fue promulgada en 2020  como parte del Fondo de Alivio del Coronavirus en Carolina del Norte.

Según la legislación aprobada el 10 de febrero, esta vez como la ley SB 36, las personas que incumplieron con la fecha límite original para solicitar la subvención, tendrán hasta el 31 de mayo como plazo adicional para aplicar y obtener el pago.

Durante casi un año, gran parte de las escuelas en Carolina del Norte estuvieron cerradas en modalidad presencial para la mayoría de estudiantes.

El plazo original para aplicar venció el 15 de octubre pasado, pero debido a que miles de familias se quedaron sin reclamar el auxilio, una coalición de entidades legales logró que se diera un plazo hasta el 7 de diciembre.

Como la subvención está ligada con la declaración de impuestos de 2019 y los niños dependientes incluidos en la misma, los legisladores extendieron la fecha de presentación de los mismos.

¿Quién es elegible para recibir Crédito Tributario de $335?

De acuerdo con el Departamento de Rentas Internas de Carolina del Norte (NCDOR), pueden calificar:

- Los padres o familiares a cargo de niños que tenían 16 años o menos a fines del 2019 (menor de 17 años) y que aún no recibieron el cheque de $335.

- Personas que no estaban obligadas a presentar una declaración de impuestos estatales de 2019, y no recibieron la subvención de $335.

- Personas elegibles que presentaron la declaración de impuestos estatal de 2019 y no recibieron el pago automático de la subvención de $335.

Niños que califican

  • El niño es su hijo, hija, hijastro, hijo adoptivo que cumple con los requisitos.

  • Si el niño es hermano, hermana, hermanastro, hermanastra, medio hermano, medio hermana.

  • El niño es descendiente de cualquiera de ellos (por ejemplo, su nieto, nieta, sobrina o sobrino).

  • Si el menor tenía menos de 17 años a finales de 2019.

  • El menor no proporcionó más de la mitad de su propia manutención para 2019.

  • El infante vivió con usted durante más de la mitad de 2019.

  • El menor se declara como dependiente en la declaración de impuestos federales de usted correspondientes a 2019.

  • El niño no presenta una declaración de impuestos federal conjunta de 2019.

  • El menor era ciudadano de los Estados Unidos, nacional de los Estados Unidos o extranjero residente en el país.

¿Cómo aplicar?

Toda la información sobre está subvención se encuentra disponible en español, así como la aplicación para solicitarla, la cual será publicada por el NCDOR próximamente, puede encontrarse en este enlace.

Periodista multimedia de origen colombiano, con más de 14 años de experiencia en medios de comunicación escritos en Carolina del Norte. Su trabajo periodístico ha sido reconocido con 16 Premios José...

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