Carolina del Norte, Raleigh- El gobernador Roy Cooper firmó una nueva Orden Ejecutiva este lunes, 21 de diciembre, que permitirá a los restaurantes y bares vender cocteles para llevar o enviar a domicilio, como medida para limitar la propagación del coronavirus.
La orden entró en efecto a partir de las 5:00 p.m. de hoy, y se extenderá hasta el 31 de enero a las 5:00 pm.
“Esta orden ayudará a la gente a evitar a evitar entornos que pueden contribuir a una mayor propagación viral. Además, al mismo tiempo, brindará a los restaurantes y bares el impulso financiero que necesitan en este momento”. Fue lo que comentó Cooper en un comunicado.
“Con el alto número de casos y hospitalizaciones en todo el país, hagamos todos nuestra parte para frenar la propagación del COVID-19; al mismo tiempo que apoyamos a las pequeñas empresas locales de forma segura”, añadió el gobernador.
¿Qué significa la nueva orden ejecutiva?
Con la orden, se ordena a la Comisión de Control de Bebidas Alcohólicas del estado (ABC), que renuncie a cualquier reglamentación estatal que impida que las personas obtengan una bebida mezclada en un recipiente sellado, como pedido para llevar, o que los empleados y contratistas como los servicios de entrega de alimentos a domicilio, transporten dichas bebidas alcohólicas en envases sellados a los clientes.
Las bebidas para llevar, además reduce las interacciones de las personas en los restaurantes y bares, indicó Cooper.
Bajo la nueva orden, los establecimientos que cuentan con ciertos permisos de la Comisión ABC, incluidos restaurantes, hoteles, clubes privados, bares privados, y algunas destilerías, pueden vender bebidas alcohólicas mixtas para llevar o para entrega a domicilio.
“Estas empresas, los proveedores de servicios de entrega que tienen contrato con estas empresas y los compradores de bebidas mixtas para llevar, deben seguir las restricciones de la orden y cualquier restricción adicional y orientación establecida por la Comisión ABC”, dice el comunicado.
Lo que debe saber sobre esta orden
-Para la entrega, el comprador deberá presentar una prueba de identificación en el punto de entrega. Además, la entrega solo se puede hacer a la persona que compró la bebida mezclada y cuyo nombre aparece en, o con el envase de la bebida mezclada, y debe coincidir con la identificación de la persona que toma posesión real de la bebida alcohólica.
-En el caso de la entrega de múltiples bebidas alcohólicas en un mismo lugar, el repartidor debe verificar la identificación de cada persona. Únicamente esa persona puede tomar posesión de la bebida.
-Esta orden no modifica las leyes y regulaciones existentes que rigen la venta de cerveza y vino.
-De acuerdo con la ley aplicable, las personas mayores de 21 años pueden pedir una bebida combinada por persona para llevar. Esto no significa que solo se pueda entregar una bebida por casa, ya que varias personas en la misma dirección pueden ser compradores independientes.
-Cada comprador de una bebida mezclada debe estar presente para recibir la bebida mezclada.
-Esta orden no requiere que la venta de bebidas mixtas vaya acompañada de la venta de alimentos.
-Los clientes que recojan bebidas mezcladas para consumo fuera de las instalaciones del negocio, deben tener 21 años. No deben estar visiblemente intoxicados y deben mostrar una identificación válida antes de tomar posesión de las bebidas mezcladas.
-Cada persona que pida una bebida debe estar presente en el momento de la recogida para que el vendedor pueda verificar su edad. Además verificará que no se encuentre visiblemente intoxicada.
-La orden establece que las empresas pueden permanecer abiertas para la prestación de servicios de comida para llevar y entrega. De lo contrario, permanecerán cerrados al público después de las 10:00 p.m.
-Las bebidas mezcladas no deben ser más grandes que el tamaño estándar que expende el negocio, para consumo en las instalaciones.
Terceros autorizados
-Un empleado o agente de la empresa o un servicio de entrega de terceros autorizado por la ley estatal, puede entregar bebidas mezcladas para llevar. Sin embargo, el repartidor debe haber completado con éxito el curso de servicio de entrega ofrecido por la Comisión ABC. Además deberá tener al menos 21 años de edad y cumplir con los demás requisitos del pedido.
-Cualquier persona que entregue una bebida mezclada en nombre de una empresa, incluido un empleado, agente o servicio de entrega de terceros, debe tener prueba de su autorización para entregar la bebida mezclada en nombre de la empresa.
-Las bebidas mezcladas que se venden para consumo externo deben entregarse antes del cierre de la empresa y no más tarde de las 2 a.m., de acuerdo con la ley estatal. Las empresas y los repartidores deben consultar con sus jurisdicciones locales para conocer otras restricciones aplicables.
-De acuerdo con las preguntas frecuentes, según esta orden, la entrega no se puede realizar en una escuela pública, colegio o universidad, ni en ningún otro lugar donde dicha entrega esté restringida por la ley estatal.
-La orden ejecutiva modificada de “quedarse en casa” o “toque de queda” de 10:00 p.m. a 5:00 a.m. permanece en vigor, así como la venta de licor para consumo en el lugar, aún debe cesar antes de las 9:00 p.m.
-Las empresas sujetas a la orden, pueden continuar vendiendo bebidas mezcladas para consumo fuera del sitio hasta que sus empresas cierren; siempre de acuerdo con otras leyes y regulaciones aplicables.
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