Fabricas, sitios de construcción y entornos agrícolas, plantas de procesamiento de carne o pollo, supermercados y tiendas minoristas serán algunos de los sectores laborales donde será obligatorio el uso de mascarillas. Además todos los residentes del estado deberán usarlo en sitios públicos./EFE

 

CAROLINA DEL NORTE, Raleigh- Desde el viernes 26 de junio a las 5:00 p.m. será obligatorio en el estado llevar un cubrebocas en lugares públicos y en la mayoría de sitios de trabajo. Trabajadores agrícolas, de plantas procesadoras de carne y de la construcción y los servicios, entre otros deberán usar una mascarilla en su lugar de trabajo.

En la orden ejecutiva 147 gobernador del estado Roy Cooper extendió hasta el 17 de julio la segunda de las tres fases de reapertura económica.

Según la orden ejecutiva estos estos son los lugares donde sí deberá llevar una mascarilla:

●En espacios públicos, ya sea dentro o fuera, donde no es posible distanciarse físicamente de seis pies. Esto incluye pero no se limita a:

●Negocios minoristas: los negocios minoristas deben hacer que todos los trabajadores usen coberturas faciales.
Las empresas minoristas también deben hacer que todos los clientes usen mascarillas dentro del establecimiento; y pueden estar a menos de seis pies de otra persona. Si un cliente esta exento el minorista debe intentar hacer un acomodo. La empresa puede optar por brindar un servicio en la acera, entregar a domicilio, permitir que el cliente ingrese sin cubrirse la cara o usar alguna otra medida razonable para entregar los productos.

●Restaurantes: los restaurantes deben hacer que todos los trabajadores usen coberturas faciales.
Los restaurantes también deben hacer que todos los clientes usen cubiertas faciales cuando no estén en su mesa; a menos que el cliente se encuentre bajo una excepción identificada.

●Empresas de cuidado personal, aseo y tatuajes: las empresas de cuidado personal, aseo y tatuajes deben hacer que los trabajadores usen cobertores faciales. Estas empresas también deben hacer que todos los clientes usen coberturas faciales cuando están dentro del establecimiento y pueden estar a pies de otra persona, a menos que una persona tenga una excepción como se describe en la orden. Si un cliente declara que se aplica una excepción, la empresa puede elegir que el cliente espere afuera para su cita en lugar de sentarse en una sala de espera. Los clientes pueden quitarse las cubiertas faciales si reciben un tratamiento facial, afeitado u otros servicios en una parte de la cabeza que cubre la cubierta facial o mediante la cual se asegura la cubierta facial.

●Instalaciones de cuidado infantil. El cuidado infantil, los campamentos de día y los campamentos nocturnos deben hacer que los trabajadores y todos los demás adultos se cubran la cara. Todos los niños mayores de once años también deben usar cubiertas faciales en el sitio a menos que tengan una excepción.

●Empleados del gobierno estatal: las agencias del gobierno estatal encabezadas por miembros del gabinete del gobernador deben hacer que sus trabajadores en el lugar usen coberturas faciales.
Se alienta a otras agencias gubernamentales estatales y locales a adoptar políticas similares.

●Transporte: todos los trabajadores y pasajeros en vehículos públicos o privados, así como todas las personas en los aeropuertos de Carolina del Norte, estaciones o paradas de autobuses y trenes, deben usar cubiertas para la cara. A los pasajeros no se les negará el acceso al transporte público por no usar cubiertas faciales. Esta disposición no se aplica a las personas que viajan solas con miembros del hogar o amigos en sus vehículos personales; pero se aplica a viajes compartidos como Ubers y Lyfts, taxis, furgonetas y transbordadores; incluso si los vehículos son de propiedad privada.

●Fabricas, sitios de construcción y entornos agrícolas
Las empresas u operaciones deben exigir a los trabajadores que se cubran la cara.

●Plantas de procesamiento de carne o pollo: todos los trabajadores en cualquier carne o pollo.
La planta de procesamiento, la planta de empaque o el matadero deben usar máscaras quirúrgicas, siempre que haya suministros de máscaras quirúrgicas disponibles. Si no hay máscaras quirúrgicas disponibles, se deben proporcionar cubiertas de tela para la cara.

●Centros de atención a largo plazo. Los trabajadores en centros de atención a largo plazo (LTC). Están incluidos centros de enfermería especializada, centros de atención para adultos, centros de atención familiar, centros de salud mental y centros de atención intermedia para personas con discapacidad intelectual. Todos ellos deben usar máscaras quirúrgicas en las instalaciones; siempre que haya disponibles suministros de mascarillas quirúrgicas.

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Comunicadora social-periodista colombiana. Emprendedora y cofundadora de Enlace Latino NC donde es la directora ejecutiva.

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