Tras la aprobación el año pasado de la ley federal H.R. 1, también conocida como la “One Big Beautiful Bill Act” (OBBBA), el Medicaid experimentará algunos cambios, algunos de los cuales entrarán en vigor el 1 de octubre.
El Medicaid es el programa público de seguro médico para personas y familias de bajos ingresos que cumplen los requisitos de elegibilidad.
Enlace Latino NC elaboró una guía de preguntas y respuestas que incluye información sobre las nuevas leyes de Medicaid de Carolina del Norte, los próximos requisitos de trabajo y de participación comunitaria. Además de cómo prepararse para estos cambios y de los recursos para la comunidad latina del estado.
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¿Cuáles son los principales cambios en Medicaid?
El principal cambio para las personas que no son ciudadanas estadounidenses es que, según su estatus migratorio, podrían perder su cobertura de Medicaid. Este cambio entra en vigor el 1 de octubre de 2026.
Cabe anotar que los inmigrantes indocumentados no califican para el Medicaid excepto en contadas ocasiones de emergencia médica.
¿Quiénes seguirán siendo elegibles para Medicaid?
Los estatus migratorios que mantendrán cobertura de Medicaid a partir del 1 de octubre son:
- Ciudadanos estadounidenses.
- Residentes permanentes legales (con “green card” / LPR) — aunque muchos siguen sujetos al período de espera de 5 años que ya existía.
- Veteranos y militares activos de EE.UU., y sus cónyuges/hijos (esta categoría sigue protegida).
- Personas procedentes de Cuba o Haití que cumplen con los requisitos establecidos para ser consideradas “entrantes cubanos y haitianos”
- Migrantes amparados por los Pactos de Libre Asociación (COFA, por sus siglas en inglés), que son ciudadanos de los Estados Federados de Micronesia, las Islas Marshall y la República de Palaos.
- Niños y jovenes de hasta 19 años y personas embarazadas o que se encuentran dentro de los 12 meses después del parto, que residen legalmente en los Estados Unidos, pero no tienen estatus migratorio permanente.
¿Cuáles son los estatus migratorios que perderán cobertura a partir del 1 de octubre?
Los estatus migratorios que perderán cobertura de Medicaid a partir del 1 de octubre son:
- Refugiados.
- Personas a quienes se les ha concedido asilo.
- Sobrevivientes de violencia doméstica y de tráfico humano (por ejemplo, titulares de visas T o U) que tenían un estatus migratorio calificado, pero no residencia permanente. También algunos con parole humanitario.
- Otros estatus humanitarios que dejarán de ser elegibles conforme a la nueva ley federal.
- Inmigrantes amerasiáticos (Amerasian, admitidos bajo la Amerasian. Homecoming Act — hijos de padres militares estadounidenses nacidos en Vietnam) titulares de visa especial de inmigrante (SIV) de Irak y Afganistán.
Certificación laboral
A partir del 1 de enero de 2027, la mayoría de los adultos de 19 a 64 años que tienen o solicitan cobertura médica a través de Medicaid tendrán que cumplir con nuevos requisitos. Estos son:
- Deberán demostrar que han participado en una actividad aprobada, como trabajar, estudiar o realizar voluntariado por un total de 80 horas al mes, para optar a la cobertura de Medicaid o mantenerla. Esto se conoce como “participación laboral y comunitaria”. Si ganan al menos $580 al mes, ya cumplen con este requisito.
- La elegibilidad para el Medicaid se evaluará cada seis meses, en lugar de una vez al año.
Deben cumplir con estos requisitos durante al menos tres meses previos a la fecha de renovación de Medicaid. De lo contrario, podrías perder la cobertura.
¿Quiénes tendrán que cumplir con los nuevos requisitos para mantener Medicaid?
Las reglas se aplican a los adultos de 19 a 64 años de edad que:
- No tienen una discapacidad.
- No están embarazadas ni son elegibles para cobertura posparto (durante los 12 meses después de que termina un embarazo).
- No son padres, tutores, familiares responsables del cuidado ni cuidadores familiares de un menor dependiente de 14 años o de una persona con discapacidad.
- No califican para una excepción o exclusión.
¿Existen grupos que pueden calificar para una excepción?
Sí, las excepciones incluyen:
- Niños y jóvenes de hasta 19 años.
- Personas que califican para Medicare
- Personas que reciben Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI) o Seguro por Incapacidad del Seguro Social (SSDI)
- Personas que estuvieron en la cárcel o prisión en algún momento durante los últimos 3 meses.
¿Tengo que demostrar documentos para verificar si cumplo con los nuevos requisitos?
Sí, el Departamento de Servicios Sociales (DSS) local puede pedir comprobantes o pruebas de que estás trabajando, participas en actividades comunitarias, o has ganado al menos $580 al mes, para mantener tu cobertura de Medicaid.
Jennifer Platts, del NC Medicaid, recomienda guardar los seguros de nómina, registros escolares, o registros de voluntariado.
Mi estatus migratorio ha cambiado, ¿tengo que actualizar algo?
Si tu estatus migratorio ha cambiado, es importante que contactes de inmediato a tu Departamento de Seguro Social local para mantener tu cobertura de NC Medicaid.
Voy a perder mi cobertura, ¿puedo hacer algo al respecto?
Si pierdes la cobertura de Medicaid, recibirás una carta. En ella se explica por qué perdiste la cobertura y te indica cómo apelar la decisión si no estás de acuerdo. Normalmente tienes 60 días a partir de la fecha de la carta. Cómo apelar una decisión de Medicaid.
Para recibir ayuda gratuita con un aviso o una factura, llame al Defensor del Pueblo de NC Medicaid al 1-877-201-3750. Trabajan de manera independiente de su departamento local de Servicios Sociales.
En Carolina del Norte, también existen otras organizaciones que pueden ayudar, por ejemplo el Consorcio de Navegadores de NC y la Federación Hispana.
Lista de recursos que debe tomar en cuenta:
- ¿Desea obtener más información sobre las nuevas leyes de NC Medicaid?
Acceda a la página medicaid.nc.gov/cambios.
- ¿Desea solicitar ayuda sobre cómo aplicar para recibir NC Medicaid?
Acceda a la página medicaid.nc.gov/solicitar. Puedes aplicar en línea, usando la aplicación ePass.nc.gov, en persona o por teléfono. Si necesitas un intérprete para ayudarte con tu aplicación, llama al Departamento de Servicios Sociales (DSS) de tu localidad y pregunta a la operadora.
- ¿Desea revisar los requisitos de elegibilidad de NC Medicaid?
Puede acceder a la página medicaid.nc.gov/elegibilidad
- ¿No encuentras tu Departamento de Servicios Sociales de tu localidad?
Accede a la página ncdhhs.gov.localDSS para utilizar el directorio local de DSS y encontrarlo.
Este artículo fue elaborado a partir de información proporcionada por expertos del Departamento de Salud y Servicios Humanos de Carolina del Norte (NCDHHS), NC Medicaid y Charlotte Center for Legal Advocacy durante el “Cafecito” virtual, un espacio informativo en el que se abordaron los cambios y las nuevas reglas de NC Medicaid, el 25 de agosto de 2026.
Para complementar esta información, también se consultaron fuentes oficiales del sitio web de NC Medicaid.

