niña latina sosteniendo una bandera de eeuu en un acto de ciudadanía de Estados Unidos
Una Órden Ejecutiva por sí sola no basta para quitar la ciudadanía americana a niños hijos de padres indocumentados

El presidente electo Donald Trump prometió limitar la ciudadanía por nacimiento a través de una orden ejecutiva.

Según la propuesta de Trump, publicada originalmente en mayo de 2023, al menos uno de los padres debe ser ciudadano o residente legal para que un niño reciba la ciudadanía por nacimiento. 

Esta propuesta controvertida ha generado un intenso debate, suscitado preguntas sobre la viabilidad constitucional y legal de tal cambio.

A pesar de las declaraciones de Trump, los expertos en derecho constitucional, Michael Gerhardt, profesor de la Universidad de Carolina del Norte, y Jeff Powell, profesor de la Universidad de Duke, coinciden en que el poder de cambiar esta disposición fundamental no recae en el presidente.

Para hacerlo, se necesitaría una enmienda constitucional, un proceso mucho más complejo que está fuera del alcance de una orden ejecutiva.

14ª Enmienda: La protección constitucional de la ciudadanía por nacimiento

La ciudadanía por nacimiento está protegida por la 14ª Enmienda de la Constitución que establece que “todas las personas nacidas en los Estados Unidos … y sujetas a su jurisdicción, son ciudadanos de los Estados Unidos”.

En sus inicios, la ciudadanía por nacimiento no se aplicaba a todos los grupos. Por ejemplo, excluía a hijos de diplomáticos extranjeros, a los nacidos de miembros de tribus nativas americanas y a afroamericanos. 

“Dejando de lado algunas cuestiones sobre una o dos posesiones insulares de Estados Unidos, este es un mandato constitucional que establece que cualquier persona que cumpla con dos criterios —haber nacido físicamente en EE. UU. y haber estado sujeta a la jurisdicción de EE. UU. al momento de su nacimiento— es un ciudadano”, dijo el profesor Powell a Enlace Latino NC.

La 14ª Enmienda, ratificada en 1868, amplió quienes están “sujetos a la jurids este derecho a la ciudadanía por nacimiento.

“Una de las razones por las que se protege la ciudadanía por derecho de nacimiento es porque, en el momento de la Guerra Civil, los afroamericanos no eran considerados ciudadanos de este país, incluso si habían nacido aquí”, explicó el profesor Gerhardt a Enlace Latino NC.

Además, el profesor Powell agregó que, desde 1924, una ley del Congreso también otorgó la ciudadanía a todos los nativos americanos nacidos en el país.

Así, aunque los hijos de diplomáticos no son ciudadanos automáticos, cualquier otra persona nacida en EE. UU. es ciudadana, independientemente del estatus legal de sus padres, según la Constitución.

Un ciudadano estadounidense no puede perder su ciudadanía de forma involuntaria, sin su consentimiento, ni siquiera como una consecuencia de un crimen, explicó el profesor Powell. Es un principio fundamental que está protegido por la Constitución y por precedentes de la Corte Suprema.

¿Por qué el presidente no puede cambiar la ciudadanía por nacimiento con una orden ejecutiva?

El presidente, aunque tiene muchos poderes, no tiene autoridad para cambiar la Constitución mediante una orden ejecutiva, explicaron los profesores. 

Cambiar la Constitución requiere un proceso formal que está fuera del alcance de la autoridad presidencial. Las órdenes ejecutivas solo pueden aplicar o interpretar las leyes existentes, pero no pueden modificar principios constitucionales fundamentales.

“Incluso si el Congreso pudiera definir a alguien como nacido fuera de la jurisdicción de EE. UU. y, por lo tanto, no ciudadano, es absurdo argumentar que el presidente podría hacerlo por su cuenta”, dijo Powell. “No uso el término ‘absurdo’ a la ligera, pero muchas personas tienen una idea equivocada sobre el alcance de la autoridad del presidente para interferir con la libertad de las personas en EE. UU. en ausencia de un acto válido del Congreso que lo autorice”.

Además de ser profesor, Powell fue empleado en la Oficina de Asesoría Legal del Departamento de Justicia de EE. UU. En la década de 1990, la oficina presentó un testimonio ante el Congreso sobre el tema de la ciudadanía por nacimiento.

Powell explicó que en caso de que el presidente haga una orden ejecutiva con este propósito, esta no tendría validez por sí misma.

“Una orden ejecutiva que pretenda, sin autorización legislativa, privar de su ciudadanía estadounidense a las personas nacidas en este país y que no sean hijos de diplomáticos, sería nula y sin valor”, añadió Powell.

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¿Cómo se puede enmendar la constitución? 

Para modificar la 14ª Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos debe ocurrir lo siguiente:

  • Propuesta de enmienda: El Congreso puede proponer una enmienda constitucional. Para hacerlo, se necesita que dos tercios de ambas cámaras del Congreso (la Cámara de Representantes y el Senado) aprueben la propuesta. 
  • Ratificación: Una vez que una enmienda es propuesta, debe ser ratificada por tres cuartas partes de los estados (es decir, 38 de los 50 estados).

El Artículo V de la Constitución establece los mecanismos para enmendar la Constitución. 

Sin embargo, como explicó el profesor Powell, con la excepción de la 21ª Enmienda (que derogó la prohibición del alcohol), solo se ha utilizado este método antes mencionado para realizar enmiendas constitucionales en el pasado.

Desafíos legales inmediatos

Aún si presidente Trump intentara limitar la ciudadanía por nacimiento mediante una orden ejecutiva o a través de una enmienda propuesta por el Congreso, es casi seguro que se enfrentarían desafíos legales inmediatos.

“Si alguna parte del gobierno de EE. UU. intentara actuar en virtud de tal orden, la persona contra quien se estuviera actuando tendría, obviamente, legitimación para demandar y solicitar una orden judicial para impedir cualquier acción basada en la orden que le hubiera privado de su ciudadanía, y tendría una reclamación válida para prevalecer (o una defensa legal si el gobierno estuviera buscando acción judicial en su contra)”, explicó el profesor Powell.

El profesor Gerhardt está de acuerdo que una orden ejecutiva de este tipo sería impugnado rápidamente en los tribunales inferiores.

“Pero la Corte Suprema podría retrasarlo, como lo ha hecho en la mayoría de los casos de Trump que ha escuchado”, añadió.

En 2015 y 2017, varios republicanos de Carolina del Norte fueron coautores de proyectos de ley para limitar la ciudadanía por nacimiento. El representante Steve King, republicano de Iowa, presentó esta legislación. Sin embargo, la medida Ley de Ciudadanía por Nacimiento fue referida a un subcomité de la Cámara de Representantes en 2017.

Incluso si el Congreso llegara a aprobar una ley de este tipo, su constitucionalidad sería cuestionada en corte.

“El Tribunal Supremo podría ratificar esa ley, pero no es seguro”, añadió.

En definitiva, la propuesta de Trump sobre la ciudadanía por nacimiento enfrenta grandes desafíos legales y políticos.

Cualquier intento de cambiar esta norma fundamental requeriría un proceso largo y complicado, y es poco probable que se logre sin un debate constitucional y legal profundo.

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Claudia M. Rivera Cotto es una periodista bilingüe que cubre temas políticos, gubernamentales e inmigratorios en Carolina del Norte para Enlace Latino NC. Claudia forma parte de Report for America. Anteriormente,...

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