organizaciones sin fines de lucro identidad de donadores

Carolina del Norte, Raleigh. – El gobernador Roy Cooper vetó el proyecto de ley que pretende resguardar la identidad de los donadores privados de organizaciones sin fines de lucro de Carolina del Norte.

“Esta legislación es innecesaria y puede limitar la transparencia con contribuciones políticas”, justificó el gobernador Cooper.

Privacidad de los donadores

El expediente SB 636, titulado “Privacidad del donador”, dispone que las organizaciones sin fines de lucro no pueden revelar la identidad de las personas que donan dinero o bienes tangibles cuando así lo soliciten por escrito.

El Senado Estatal (28-21) aprobó el 11 de mayo la iniciativa de ley. La Cámara de Representantes la aprobó (59-33) el 19 de agosto.

¿Qué dice la ley actual?

Cualquier organización sin fines de lucro que reciba más de $5,000 de financiamiento público en un año fiscal del gobierno federal, el estado o una subdivisión estatal, debe:

  • Proporcionar sus últimos estados financieros anuales cuando sean requeridos por las autoridades.

Además, cualquier organización sin fines de lucro organizada bajo los Estatutos Generales del estado que reciba fondos públicos también debe:

  • Proporcionar, a pedido de las autoridades, el Formulario 990 del IRS o el Formulario 990-EZ.

Esos documentos constituyen, además, un registro público y son objeto de fiscalización.

Proteger la identidad de los donadores

El SB 636 pretendía que las organizaciones que reciben dinero o bienes para la promoción de sus “propósitos caritativos” protegieran la identidad de sus donantes, en caso de que así lo requirieran formalmente. 

El proyecto propone:

  • Ley de registros públicos:
  • La identidad de una persona que dona dinero, material o bienes a una organización sin fines de lucro es confidencial.
  • Excepto según lo requiera específicamente la ley estatal o federal.
  • El trato confidencial de los donantes a las organizaciones sin fines de lucro no se aplica a las campañas que exigen divulgaciones financieras.
  • Incluidas las comunicaciones electorales.
  • Disponer que, en los casos que se requiera una copia de su Formulario 990 del IRS o el Formulario 990-EZ, dichos documentos serán confidenciales.
  • Agregar a las normas éticas de conducta de los servidores públicos y legisladores prohibición de divulgar información confidencial de donantes sin fines de lucro obtenida en el ejercicio del cargo público.
  • Crea el delito de “uso indebido de información confidencial”.
¿Qué sigue?

Ahora, los líderes republicanos en la legislatura tienen la posibilidad de revisar la propuesta e intentar anular el veto del gobernador Cooper.

Esto, requiere, a menos, 30 votos en el Senado y 72 en la Cámara de Representantes.

Ninguno de los vetos del gobernador Cooper ha sido revertido en la Asamblea General durante el actual periodo de sesiones legislativas. 

Periodista Político en Enlace Latino NC. Productor ejecutivo y asesor en comunicación política, con más de quince años de trayectoria profesional.

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