Por Haydeé López

Un tribunal federal de apelaciones de Estados Unidos dictaminó que la decisión de la administración Trump en 2025 de retirar de manera abrupta el Estatus de Protección Temporal (TPS, por sus siglas en inglés) a cerca de 600,000 personas venezolanas fue ilegal y contraria a la ley.

En un fallo de 48 páginas, el miércoles 28 de enero, un panel de tres jueces del Tribunal de Apelaciones del Noveno Circuito concluyó que la secretaria de Seguridad Nacional, Kristi Noem, actuó fuera de la autoridad que le otorga el Congreso.

Según el tribunal, sus acciones “contradicen fundamentalmente el diseño estatutario del Congreso” y su intento de vaciar el TPS para un país entero refleja una “pretensión de poder crudo y sin control” que no tiene sustento en el lenguaje claro de la ley.

La corte confirmó así la decisión previa de un tribunal de distrito que había dejado sin efecto la cancelación del TPS, al considerar que la secretaria intentó “ejercer poderes que el Congreso simplemente no le otorgó”.

Motivación racial contra la población venezolana

imagen de la Corte del Tribunal de Apelaciones del Noveno Circuito
Imagen de la Corte del Tribunal de Apelaciones del Noveno Circuito/H.L.

En una opinión concurrente contundente, el juez Mendoza fue más allá y afirmó que también habría declarado ilegal la decisión porque estuvo motivada por animadversión racial contra la población venezolana.

En su razonamiento, el magistrado repasó un historial de declaraciones racistas atribuidas tanto a la secretaria Noem como al presidente Donald Trump, dirigidas específicamente contra personas venezolanas.

El fallo del Noveno Circuito se suma a otras decisiones judiciales federales que han rechazado los argumentos del gobierno para revocar la extensión del TPS para Venezuela, la cual no expira hasta octubre de 2026.

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Un caso emblemático: NTPSA v. Noem

El caso, NTPSA v. Noem, fue presentado en febrero de 2025 para impugnar la terminación repentina del TPS para venezolanos y posteriormente se amplió para incluir a personas haitianas, luego de que el Departamento de Seguridad Nacional pusiera fin de forma abrupta a la extensión del TPS para Haití.

La demanda sostiene que la eliminación del TPS fue inconstitucional, motivada por discriminación racial y violatoria de la Ley de Procedimiento Administrativo (APA), al ser arbitraria, caprichosa y exceder la autoridad legal del Ejecutivo.

Las organizaciones demandantes y sus abogados subrayan que estas decisiones forman parte del mayor desmantelamiento de estatus legal en la historia del país, al despojar a cientos de miles de personas de protecciones humanitarias con el objetivo de justificar su detención y deportación.

Las personas demandantes están representadas por una amplia coalición legal que incluye al National Day Laborer Organizing Network (NDLON), la ACLU del Norte y del Sur de California, el Centro de Derecho y Política de Inmigración (CILP) de la Facultad de Derecho de UCLA y Haitian Bridge Alliance.

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Haití también en el centro del fallo y una decisión pendiente en Washington

En su resolución, los jueces del Noveno Circuito confirmaron también la conclusión del tribunal inferior de que Kristi Noem se excedió en su autoridad al terminar de forma anticipada las protecciones para cientos de miles de personas haitianas.

De manera paralela, se espera que un juez federal en Washington emita en cualquier momento una decisión sobre una solicitud para pausar la supresión del TPS para Haití, mientras avanza una demanda separada que impugna esa medida.

Las protecciones para la población haitiana estaban programadas para finalizar el 3 de febrero, lo que incrementa la urgencia del pronunciamiento judicial.

Un fallo sin impacto inmediato

Aunque el fallo del Noveno Circuito representa una victoria legal y moral significativa, las organizaciones advierten que, mientras la orden de la Corte Suprema siga vigente, cientos de miles de familias venezolanas y haitianas continúan en un limbo legal, enfrentando el riesgo constante de detención y deportación.

Según Ahilan Arulanantham, codirector académico del CILP en UCLA y abogado que argumentó el caso, esta situación genera un grave vacío de justicia:

“A pesar de este fallo contundente, el gobierno probablemente seguirá deteniendo y deportando a personas venezolanas con TPS debido a la orden inexplicada de la Corte Suprema”, mencionó.

“La decisión de hoy no cambia de inmediato la realidad sobre el terreno. Es un ejemplo claro del comportamiento sin ley que la Corte Suprema ha permitido en este caso”, comentó.

Líderes de diferentes organizaciones pidieron que e Congreso actúe y otorgue un estatutos permanentes/H.L.
Líderes de diferentes organizaciones pidieron que e Congreso actúe y otorgue un estatutos permanentes/H.L.

En la misma línea, Jessica Bansal, abogada de TPS en NDLON, señaló que “aunque el Noveno Circuito ha confirmado, una vez más, que la secretaria Noem violó la ley, las personas con TPS siguen en riesgo de detención y deportación.

“El nivel de ilegalidad en el sistema migratorio actual es difícil de comprender”, afirmó.

Frente a este escenario, José Palma, coordinador de la Alianza Nacional TPS, reiteró el compromiso de las comunidades afectadas.

“Mientras las personas con TPS enfrentan la pérdida de protecciones, discriminación y detención, lucharemos con determinación inquebrantable para defender a la comunidad venezolana y a todas las personas con TPS en el país”.

“El Congreso debe actuar y otorgar un estatus permanente. Nuestra comunidad no merece menos”, dijo

El caso vuelve a poner en el centro del debate la urgencia de una acción legislativa, reforzando los llamados al Congreso para garantizar protecciones permanentes y evitar que decisiones políticas continúen poniendo en riesgo la estabilidad, la dignidad y la seguridad de comunidades enteras.

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¿Qué es el TPS y qué protecciones ofrece?

El Estatus de Protección Temporal, aprobado por el Congreso como parte de la Ley de Inmigración de 1990.

Este beneficio, permite al secretario de Seguridad Nacional otorgar estatus migratorio legal a personas provenientes de países afectados por conflictos armados, desastres ambientales u otras condiciones extraordinarias y temporales que hacen imposible un retorno seguro.

Las designaciones se conceden por períodos de seis, doce o dieciocho meses, y pueden renovarse mientras las condiciones continúen siendo críticas.

El TPS protege a sus beneficiarios de la deportación y les autoriza a trabajar legalmente, pero no constituye un camino hacia la residencia permanente ni la ciudadanía.

Después de la tormenta

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