La elegibilidad para la fianza en casos de inmigración ha estado bajo intenso escrutinio desde principios de 2025, luego de los intentos del gobierno federal de negar de forma generalizada las audiencias de fianza a inmigrantes indocumentados.
Durante meses, tribunales y defensores legales cuestionaron las políticas de ICE que clasificaban automáticamente a las personas que ingresaron al país sin inspección inelegibles para audiencias de fianza.
El mes pasado, sin embargo, un tribunal federal de distrito dio un giro clave al declarar ilegal esa política, abriendo nuevamente la posibilidad de que estas personas accedan a una audiencia de fianza.
Enlace Latino NC te explica cómo funciona el proceso de fianza migratoria y qué significan estos cambios para la comunidad inmigrante.
Un poco de contexto legal
En julio de 2025, el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) y el Departamento de Justicia (DOJ) anunciaron una nueva política bajo la cual muchos inmigrantes que entraron al país sin inspección quedaron sin derecho a solicitar una audiencia de fianza ante un juez de inmigración durante sus procesos de deportación.
La guía, implementada por ICE, estableció que estas personas serían tratadas como “solicitantes de admisión” y sujetas a detención obligatoria sin fianza, incluso si habían vivido en Estados Unidos por años.
Becca O’Neill, cofundadora de Carolina Migrant Network, dijo a Enlace Latino NC que todo llegó a un punto crítico el 5 de septiembre de 2025.
“Fue entonces cuando se emitió la decisión de que, básicamente, cualquier persona que ingresara sin visa, es decir, sin inspección, o personas indocumentadas, no era elegible para una audiencia de fianza”, dijo.
“El caso en el que se basan es una clara interpretación errónea de la ley, no tiene ningún sentido y es una decisión terrible que ha afectado a miles de personas”, agregó.
Esto llevó a los abogados de inmigración a presentar peticiones de habeas corpus en los tribunales del distrito federal para obtener órdenes que obliguen a los jueces de inmigración en casos individuales a celebrar una audiencia de fianza
Relacionado: ¿Cómo pagar una fianza de inmigración?
La batalla legal por la fianza migratoria
Posterior a la decisión de septiembre, “los abogados de todo el país han estado luchando y hubo un grupo de abogados en el oeste, en California, que presentó una demanda colectiva”, dijo O’Neill.
Según O’Neill, la estrategia era intentar que un tribunal federal diga que “no, esto está mal y hasta que lo solucionemos, la gente debería tener audiencias de fianza”.
En noviembre de 2025, como resultado del caso Maldonado Bautista contra Santacruz Jr., un tribunal federal en California determinó que esta política era ilegal, permitiendo que las personas en proceso de deportación a quienes se les negó la libertad bajo fianza en el pasado simplemente por haber ingresado al país sin inspección, puedan solicitar nuevamente una audiencia de fianza, al menos según la ley federal.
“Todos nos emocionamos pensando: ‘¡Sí! ¡Podemos volver a tener audiencias de fianza!'”, dijo O’Neill.
“Y créanlo o no, los jueces de inmigración y los abogados del DHS afirmaron que la demanda colectiva no se extendía más allá del Tribunal de Apelaciones del Noveno Circuito”, mencionó.
Lo que presentó otro obstáculo y puso a abogados de inmigración en California a seguir luchando para que otro tribunal clarifique la decisión de la demanda colectiva, y sea reconocida a nivel nacional.
Fallo de diciembre aclara elegibilidad nacional para fianzas
Esta clarificación sucedió en diciembre de 2025, a pocos días después de que habláramos con O’Neill por teléfono, cuando otro tribunal federal en California aclaró nuevamente que todos los “miembros de la clase” nacional son elegibles para audiencias de fianza.
Esta categoría incluye a inmigrantes indocumentados que ingresaron al país sin inspección, no fueron arrestados en la frontera y no están sujetos a detención obligatoria por antecedentes penales u otras razones específicas.
“Esta decisión significa que, con suerte, los jueces de inmigración comenzarán a celebrar audiencias de fianza sin peticiones de habeas corpus primero”, dijo O’Neill.
Relacionado>> Audiencias en la Corte de Inmigración por videollamada: quiénes la pueden pedir y cómo hacerlo
¿Qué sucede ahora?
Previo a la aclaración, O’Neill comentó que esta ha sido realmente una difícil lucha legal y que “esperaba se concrete pronto para que finalmente las personas no se vean obligadas a permanecer detenidas ni a renunciar a su caso”.
Tras la decisión de diciembre, ahora existe esa base legal que abre las puertas para que se realicen audiencias de fianza a inmigrantes indocumentados, sin peticiones de habeas corpus.
“Esta orden es crucial para responder a la desinformación en la que se han basado los jueces de inmigración de todo el país para justificar la denegación de audiencias de fianza”, dijo Matt Adams, director legal de NWIRP, en un comunicado de prensa de ACLU.
“Esto deja claro que la ley exige que se concedan audiencias de fianza a los miembros de nuestra demanda colectiva para que puedan regresar a sus familias, hogares y trabajos”.
Si necesita de ayuda/consulta legal referente a su caso migratorio, o tiene preguntas específicas con respecto a su situación y elegibilidad de fianza, Carolina Migrant Network continua ofreciendo asistencia legal. Llame al (704) 740-7737.



