Carolina del Norte, Raleigh – Los contribuyentes de carolina del Norte tendrán plazo hasta el lunes 18 de abril para presentar su declaración de impuestos federal y estatal a tiempo, a menos que se solicite una prórroga.
Existen dos formas de enviar la declaración de impuestos electrónicamente y en papel.
Las declaraciones presentadas electrónicamente deben enviarse antes de la medianoche del 18 de abril.
Mientras que para los contribuyentes que presentan la declaración en papel, deben tener matasellos antes del 18 de abril.
La fecha límite para presentar y pagar el impuesto estatal sobre la renta, también se extendió hasta el 18 de abril, porque el gobierno estatal está cerrado el viernes 15 de abril para observar el feriado del Viernes Santo.
Cómo pedir una prórroga
De acuerdo con el Departamento de Rentas Internas de Carolina del Norte (NCDOR), a un contribuyente que recibe una prórroga automática para presentar su declaración federal de impuestos individual, se le otorgará una prórroga automática para presentar su declaración de impuestos estatal, si la persona certifica en su declaración de Carolina del Norte que recibió una prórroga federal automática.
Puede tener información del Servicio de Rentas Internas (IRS) sobre extensiones para presentar declaración de impuestos federal en:
https://www.irs.gov/es/forms-pubs/extension-of-time-to-file-your-tax-return
Si a un contribuyente no se le otorga una prórroga federal automática, el contribuyente aún puede solicitar una prórroga para presentar su declaración de impuestos estatal mediante la presentación del Formulario D-410 antes de la medianoche del 18 de abril.
Pagar impuestos a tiempo para evitar multas
Sin embargo, la prórroga que es de máximo seis meses, hasta el 17 de octubre, es solo para presentar una declaración y no es una extensión de tiempo para pagar cualquier impuesto que se pueda adeudar.
Un contribuyente que no pague el monto del impuesto adeudado antes del 18 de abril puede incurrir en multas por pago atrasado.
Además, se le cobrarán intereses a la tasa legal.
Aún así, existe la opción de solicitar un plan de pago:
https://electronic-services.dor.nc.gov/wps/portal/d410
La multa por pago atrasado no se aplicará a los contribuyentes que paguen al menos el 90 % de su obligación tributaria a través de retenciones, pagos de impuestos estimados o con el Formulario D-410 antes del 18 de abril.
Para obtener más información, visite el sitio: www.ncdor.gov